Los abogados de Grupo Televisa cuentan con la colaboración de jueces y magistrados para mover la ley a su favor. Así se evidenció en el caso de Cornelio Sipriano Bravo Palestino, excoordinador jurídico del consorcio, quien luego de un despido injustificado podría recibir una bicoca como indemnización por 20 años de servicio. La empresa de Emilio Azcárraga Jean logró que un juez aceptara sus argumentos para acusar a Bravo Palestino de fraude procesal y mantenerlo en prisión hasta que no se desista de la demanda contra el consorcio.
MÉXICO, D.F. (Proceso).- El 2 de marzo de 2011 el presidente de Grupo Televisa, Emilio Azcárraga Jean, le otorgó un reconocimiento a Cornelio Sipriano Bravo Palestino, abogado y coordinador de Asuntos Laborales de la empresa, por sus 20 años de “perseverancia y lealtad al sindicato y como empleado” de la más grande compañía de medios de comunicación en México.
“Reconocer tu gran desempeño y esfuerzo es para nosotros de vital importancia debido a que eres un ejemplo a seguir para las nuevas generaciones de colaboradores de la empresa”, le escribió Azcárraga Jean en una carta privada en febrero de 2011.
Sin embargo, el 31 de marzo de 2011 a Bravo Palestino lo despidieron sin mayor explicación. Estaba a punto de cumplir sus dos décadas de servicios y pedir una prejubilación.
En primer lugar exigió su reinstalación. El equipo de abogados del consorcio rehusó someterse a un arbitraje exhibiendo una cantidad menor a la que le correspondía como liquidación. Él pedía un pago de prima de antigüedad por 14 millones 589 mil pesos, pero Televisa ofreció indemnizarlo con 1 millón 322 mil 730.
En un recurso solicitado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), el perito Juan Contreras estableció que el pago por la prima de antigüedad ascendía a una cifra mayor: 20 millones 578 mil pesos. Así lo consigna un documento que obra en el expediente 2064/2011.
La estrategia de los defensores de Televisa consistió no sólo en negar el arbitraje mediante un incidente de insumisión ante la JLCA, sino en acusar penalmente a Bravo Palestino por “fraude procesal” y promover su detención y encarcelamiento.
El 19 de abril último, el juez trigésimo tercero del Distrito Federal, Alberto Rubalcava Ramírez, giró orden de aprehensión contra Bravo Palestino, quien fue trasladado al Reclusorio Sur. El miércoles 1, fecha en que se festeja el Día del Trabajo, el mismo juez le dictó auto de formal prisión al asumir como propios los argumentos de Grupo Televisa.
En síntesis, la empresa lo acusa de fraude procesal por “hacerse pasar” como trabajador sindicalizado cuando era “de confianza” y porque “pretende obtener un beneficio económico al demandar y reclamar a Televisa Corporación S. A. de C.V., el pago de una prima de antigüedad por 14 millones 589 mil pesos argumentando de manera dolosa que dicha cantidad le corresponde porque Televisa Corporación S.A. de C.V., se obligó, a partir del 1 de enero de 2000, en su calidad de patrón, a pagar una prima de antigüedad a razón de 16 días por año de servicio”.
En privado, el juez Rubalcava Ramírez admitió ante el equipo de abogados de Bravo Palestino: “Tengo línea y no puedo hacer nada”. Dijo que la “línea” provenía del presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), Édgar Elías Azar, quien mantiene una “relación especial” con Grupo Televisa.
El titular del TSJDF le ha hecho varios “favores” al consorcio, desde el encarcelamiento de Paula Cusi, viuda de Emilio Azcárraga Milmo, quien demandó el pago de la sexta parte que le correspondía del legado de El Tigre (Proceso 1605), hasta otros casos de demandas.
A cambio, Elías Azar ha celebrado a sus jueces y magistrados en el estadio Azteca y presume una relación privilegiada con la empresa de Azcárraga Jean, según confirman a este semanario distintos magistrados del propio tribunal.
Amedrentamiento
Pese a que son casos de índole distinta, los abogados Ricardo Rosales Navarrete y Jacinto Cruz, ambos exintegrantes del equipo jurídico de Televisa, ven claras similitudes en el modus operandi del caso Bravo Palestino y el de Cusi.
Se trata, argumentan los litigantes, de “amedrentar y criminalizar a quienes osan demandar a Grupo Televisa”. Cruz advierte: “Están orillando a que un asunto laboral se resuelva por la vía penal. O aceptas sus términos o cárcel”.
Los operadores del caso de Bravo Palestino son los mismos que en el caso Cusi: el apoderado general, Joaquín Balcárcel Santa Cruz, y su “brazo derecho” en el equipo jurídico de la empresa, Alejandro Bustos Olivares.
Este último estuvo presente la mañana del 25 de abril de 2011 cuando Cusi fue detenida por agentes de la procuraduría capitalina, a las puertas de la oficina de Elías Azar, para ser consignada en el penal femenil de Santa Martha Acatitla, por el delito de “falsedad continuada de declaraciones”.
Para obtener su libertad, Cusi se desistió de su reclamo de pago de 4% del valor actual de las acciones de Televisa o su equivalente (500 millones de dólares), y firmó un convenio de confidencialidad restrictiva que impide a ambas partes hablar sobre los detalles del arreglo. Todo ello devino en la cancelación definitiva del juicio civil iniciado en enero de 2007.
El “negociador” en el caso de la viuda del Tigre fue Bustos Olivares, el mismo que articuló la estrategia para encarcelar a Bravo Palestino, su excompañero en el equipo jurídico de Grupo Televisa.
Desde la óptica de sus defensores, el caso de Bravo Palestino es muy delicado, pues podrían encontrarse en su misma situación alrededor de mil 321 trabajadores –desde manuales hasta vicepresidentes– a punto de cumplir 20 años en el consorcio, los cuales podrían ser corridos sin derecho a la prima de antigüedad y a una indemnización justa.
Durante esta semana, el director general jurídico de Grupo Televisa, Armando Martínez Benítez, organizó una reunión en las instalaciones de la empresa con la esposa de Bravo Palestino y su abogado Ricardo Rosales Navarro. Éste planteó que esperarán a que la Junta de Conciliación y Arbitraje dicte su resolución.
De acuerdo con el expediente del caso, el origen del conflicto radica en la creación, en enero de 2000, de una empresa outsourcing, Televisa Corporación, S.A. de C.V., como “patrón sustituto” de Televisa, S.A. de C.V. A esta nueva figura fueron incorporados cientos de trabajadores, en plena etapa de reestructuración financiera del corporativo.
El pago del reparto de utilidades, bonos y otro tipo de derechos laborales no se realizaron a través de esta especie de outsourcing que derivó de la empresa Aseo y Mantenimiento Técnico S.A, creada originalmente en abril de 1980 para pagarles a quienes realizaban servicios de limpieza en la compañía, según consta en el acta del Registro Público de la Propiedad.
Chantaje
Cuando se creó Televisa Corporación S.A. de C.V., a los trabajadores se les obligó a firmar un documento para fijar la prima de antigüedad. En este texto se lee lo siguiente:
“Como es de su conocimiento, desde el día 1 de enero del año en curso, Televisa Corporación S.A. de C.V. se convertirá en patrón substituto de Televisa S.A. de C.V., razón por la cual usted en lo sucesivo dependerá de Televisa Corporación S.A de C.V., quien será su nuevo patrón y desde luego esta empresa como parte del reconocimiento de sus condiciones de trabajo que tenía con su anterior patrón, en lo concerniente a la prima de antigüedad, respeto de la forma futura de pago de la misma, cuando este concepto se haga exigible, esta prestación le será cubierta considerando el salario base o por cuota diaria que usted tenga el día 31 de diciembre de 1999, es decir, sobre la cantidad de 14 mil 518 pesos y ese importe se incrementará periódicamente en el porcentaje en que sea incrementado su salario en lo individual.”
En la demanda penal contra Bravo Palestino, Televisa admite que Televisa Corporación se convirtió en patrón sustituto, pero no menciona que existe un documento en el cual se establece una fórmula de pago para determinar la prima de antigüedad.
En su alegato, Televisa asegura que Bravo Palestino “reclamó el pago de prestaciones que no le corresponden, porque además de ser excesivas, pretende hacer creer que desempeñaba funciones como un simple trabajador sindicalizado, cuando en realidad tenía la categoría de trabajador de confianza, toda vez que el puesto que desempeñaba era el de coordinador de Asuntos Laborales, con acceso a información relevante y confidencial de todos y cada uno de los trabajadores, con la responsabilidad de velar por los intereses de la empresa y guardar la respectiva confidencialidad de los documentos e información relevante a la cual tenía acceso y que le era proporcionada para su desempeño. También contaba con facultades de representación y de decisión sobre los asuntos que le eran recomendados”.
Asimismo, Televisa considera que a este trabajador de confianza no le correspondía bono anual, plan de ayuda temporal para la adquisición de automóvil, plan integral de protección social, certificados de participación ordinaria (acciones de la empresa) ni reparto de utilidades.
El peritaje realizado por Juan Contreras como tercero en discordia, a petición de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, reconoció el pago de 14 mil 518 pesos como “prima de antigüedad” que se incrementaría periódicamente desde el 1 de enero de 2000. A partir de ese cálculo, le corresponderían 20 millones 578 mil pesos, cifra que niega rotundamente Televisa.
Por ahora, los abogados de Cornelio Sipriano Bravo Palestino promoverán un amparo contra el auto de formal prisión y esperan que prosiga el juicio laboral, a pesar de la “criminalización” ejercida en contra de quien sólo exigió la reinstalación en su puesto de trabajo.
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