domingo, 21 de octubre de 2012

¿Qué fue lo que se aprobó en la reforma laboral y cómo te va a afectar?


Una nota del 1 de Octubre, resumiendo la reforma laboral (que dias después fue modificada un poquito para ser ligeramente menos dañina, sigue siendo terrible, pero le bajaron poquito

Las reformas a la Ley Federal del Trabajo aprobada el 29 de septiembre, incluyen reglamentación outsourcing, contratos de prueba sin pago y sueldos por hora.



A pesar de la inconformidad de los partidos de izquierda el sábado 29 de septiembre fue aprobada en la Cámara de Diputados la reforma laboral propuesta por presidente Felipe Calderón. El carácter de preferente con que fue ingresada, significaba que tenía que ser discutida y aprobada antes de este domingo.
Por la tarde del viernes, la votación en lo general quedó en 351 a favor, 130 en contra y 10 abstenciones. La discusión en lo particular empezó inmediatamente después y concluyó unas 12 horas más tarde con 346 a favor, 60 en contra y una abstención.

¿Qué es lo que se aprobó en la Reforma Laboral?

 A continuación presentamos de manera detallada qué fue lo que se reformó en la ley Federal de Trabajo, hecho que afecta directamente a los 50 millones de personas económicamente activas así como a las generaciones siguientes.

¿El patrón podría informar al trabajador de su despido por cualquier medio de comunicación?


Dicho argumento fue impugnado por legisladores del Partido de la Revolución Democrática (PRD), quienes señalaron que los patrones podrían despedir hasta con un mensaje de texto vía teléfono celular a sus empleados.
La redacción fue modificada y quedó establecido que el patrón debe dar aviso a la Junta de Conciliación, además de proporcionar un domicilio del trabajador; y la Junta a su vez informará por escrito al trabajador dentro de los cinco días hábiles a la fecha de rescisión.Se indicó que la falta de dicho aviso al trabajador o a la Junta bastará para considerar el despido injustificado.

¿Se limitará al pago de sólo 12 meses de salarios caídos?

Entre los aspectos que incluye la reforma impulsada por el presidente Calderón Hinojosa se encuentra el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, el cual señala que el pago de salarios caídos se limita a 12 meses.
En caso de un juicio entre trabajador y empresa por un despido injustificado, la reforma laboral limita el número de meses de salarios caídos (el sueldo que pagaría la empresa mientras dura el litigio, en caso de que se falle en su contra) se limitaría a sólo 12 meses.
Según el artículo publicado el 1 de octubre por el periódico El Financiero, lo bueno de esta modificación es:
 se eliminan los abusos que existen en el litigio, que han convertido el tema laboral en un negocio de abogados, más que en una justicia. No es posible que en un juicio laboral tarde de 35 a 50 meses con el afán de generar más salarios caídos”, opina Carlos Gallegos, de Adecco México.
Lo malo es que habrá justicia lenta e ineficiente para trabajadores, en caso de que el juicio se prolongue más de un año sin resolución y sólo se pagan 12 meses de salarios caídos, el trabajador puede volverse víctima de una justicia lenta e ineficiente.
“Dice la reforma que aun cuando el juicio dure años, sólo se pagará un año de salarios caídos. Entonces, el trabajador es culpable o víctima de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Si los salarios van aumentando, no es culpa de él, sino de la misma ineficiencia”, dice Argente, del Tec de Monterrey.Además, si un trabajador es despedido, el patrón puede notificárselo vía correo electrónico certificado. “Es una falta de formalidad legal que se necesita cuando se enfrenta un despido injustificado.”

 ¿Habrá regulación al outsourcing?


También se establece la regulación del llamado outsourcing; que no es otra cosa que la subcontratación de personal o empresas que ocupan a empleados que trabajan para una empresa mayor, como es el caso de los trabajadores de mantenimiento y limpieza que operan prácticamente en todas las dependencias de gobierno y aeropuertos.
Se incluyen nuevas modalidades de contratación por hora, por obra o por temporada, así como autoriza los contratos a prueba y de capacitación inicial.
Según el análisis que presenta el mismo diario lo  bueno en esta modificación, está en el  combate a simulación. La reforma laboral contempla la regulación del esquema de subcontratación, mejor conocida como outsourcing.
Se obligaría a que los patrones que empleen este esquema den también seguro y prestaciones a los trabajadores, combatiendo la simulación que hacen algunas empresas bajo esta figura.
Lo malo de esta en que no queda claro cómo se obligará a las empresas a que den seguro y prestaciones a la gente que emplee bajo el outsourcing
No cambia en nada la forma en la que se afectan los derechos de los trabajadores, ya que una forma podría ser que esta reforma le exija al outsourcing que por escrito se formalicen los derechos laborales de los trabajadores y, por consecuencia, de su seguridad social, y eso no viene en la reforma”, asegura Arturo Argente, catdrático del  Tecnológico de Monterrey

En caso de que el patrón considere que el trabajador no es apto para desempeñar el cargo ¿podrá despedirlo sin pago de indemnización alguna?

La Cámara de Diputados avaló eliminar el llamado “escalafón ciego” de la reforma laboral propuesta por el Ejecutivo Federal, el cual buscaba privilegiar para ocupar vacantes a los trabajadores con más productividad o a quien fuera apto para el puesto.
A propuesta del diputado del PRI y líder del sindicato petrolero Ricardo Aldana Prieto, se avaló que la redacción fuera modificada para que dichas vacantes fueran para quienes tengan más capacitación y más antigüedad en la especialidad o área de trabajo.
El patrón queda facultado para que al término de este tipo de contratos determine si el trabajador es apto para desempeñar el cargo, y en caso de que considere que no lo es, pueda despedirlo sin pago de indemnización alguna.

¿El trabajador y el patrón podrán convenir el monto de pago por hora?

Modificación del artículo 83 de la reforma laboral, donde se establece que el trabajador y el patrón podrán convenir el monto de pago por hora.
Los cambios establecen que el pago por cada hora de prestación de servicio no deberá exceder la jornada máxima legal y se deberán respetar los derechos laborales y de seguridad social que correspondan a la plaza de que se trate.
Es destacar que el ingreso que perciban los trabajadores por esta modalidad, en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada.
El artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo vigente permite a los patrones  determinar la retribución por servicios de forma mensual, quincenal, catorcenal, semanal, diario o por hora.
En el dictamen de reforma se pretende precisar esa disposición señalando expresamente la posibilidad de pactar un salario por hora, siempre que la jornada laboral no rebase los máximos legales, esto es, más de ocho horas en la jornada diurna; siete en la nocturna y siete y media en la mixta.
Asimismo, precisa que el salario que reciban los trabajadores en esta modalidad no podrá ser inferior al salario mínimo aplicable.
Esto significa que, aun cuando laboren menos de las horas máximas señaladas, se les garantice el pago de un salario mínimo diario, es decir, actualmente $62.33 para la zona geográfica A; $60.57 para la B y $59.08 para la C.

Los salarios:El gran tema ausente de la Reforma Laboral.

El proyecto de reforma  laboral que envío Felipe Calderón, menciona 40 veces el salario mínimo en sus 115 páginas, pero sólo como referencia para imponer multas, sin contemplar un aumento aunque sea mínimo de los salarios.
Durante el sexenio actual, el salario real de los trabajadores tuvo una pérdida del poder adquisitivo de 42%. Del 1 de diciembre de 2006 a mediados de febrero de este año, el salario mínimo pasó de 48.5 pesos a 62.3 pesos, mientras el costo de la Canasta Alimentaria recomendada (CAR) en ese mismo periodo pasó de 80.8 pesos a 197.9 pesos, según un estudio del Centro de Análisis Multidisciplinario de la UNAM. Y el riesgo es que con los cambios a la Ley Federal del Trabajo los salarios se deprecien aún más.
Según  Argente, catedrático del Tecnológico de Monterrey:
El salario mínimo de 62 pesos que tenemos hoy los trabajadores no se puede comparar con el poder adquisitivo que tiene el salario mínimo que se tenía en el sexenio de Díaz Ordaz o Luis Echeverría. Ha perdido peso la figura de salario mínimo y aquí no se toca.
El documento sobre la Reforma Laboral aprobado por la cámara de diputados, se encuentra en el Senado de la República para su análisis. En caso de que la Cámara alta lo avale, lo remitirá al presidente para su promulgación, si lo modifica, lo regresará a la Cámara baja.

FUENTE: http://pulsociudadano.com/2012/10/que-fue-lo-que-se-aprobo-en-la-reforma-laboral-y-como-te-va-a-afectar/

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