La legislación del estado no tipifica el maltrato animal como delito, por lo que Juan Castillo Pérez, quien fue evidenciado en redes sociales, sólo pagará una multa
La legislación del estado de Puebla no contempla ninguna pena para el maltrato animal, por lo que Juan Castillo Pérez, apodado en redes sociales como el "matagatos", únicamente recibirá una sanción económica definida por el ayuntamiento de su comunidad.
Según consta en el capítulo XV de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Puebla, actualizada en enero de 2010, la tortura animal es una infracción a la ley que acredita multas económicas, apercibimientos escritos y/o clausura, en el caso de establecimientos o sitios que albergan especies.
El artículo tercero de la Ley define el maltrato animalcomo todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, estrés o tormento, que ponga en peligro la vida del animal o que afecte gravemente su salud; sin embargo, no lo tipifica como un delito.
Asimismo, el artículo 86 de la referida ley aclara que la "individualización de las sanciones según la gravedad de la infracción, la edad y solvencia económica del infractor, la cuantía del beneficio obtenido por la comisión de la infracción, el dolo o culpa y la reincidencia".
La legislación estatal deslinda en los ayuntamientos la facultad de determinar el monto de la multa, bajo estos criterios y asegura que lo recaudado por estas sanciones se debe destinar para programas específicos de protección animal.
Asimismo, en la página de Transparencia del gobierno del estado de Puebla, se informa que de acuerdo al artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, ninguna secretaría del aparato estatal está facultada para recibir ni atender denuncias por maltrato animal.
"La Ley de Protección a los Animales del Estado de Puebla señala que los asuntos de maltrato son competencia Municipal", señala el portal. http://www.transparencia.puebla.gob.mx/index.php?option=com_k2&view=itemlist&task=category&id=3564:preguntas-frecuentes-fraccion-xxiii&Itemid=1213
El pasado 15 de marzo de 2013, el diputado Guillermo Aréchiga Santamaría, del partido Nueva Alianza, presentó la iniciativa de Decreto para reformar diversas disposiciones del Código Penal del Estado e incorporar los delitos cometidos por actos de Maltrato o Crueldad en contra de Animales.
El legislador propuso la penalización con seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario. Sin embargo, el estatus de la iniciativa se mantiene en trámite en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
En abril, el diputado priísta Gerardo Mejía también propuso una actualización a la Ley de Protección a los Animales, que repite la original respecto a la implementación del Padrón Estatal de Animales, con carácter de obligatorio para los vendedores de éstos.
El viernes, Juan Castillo Pérez, habitante de Texmelucan, fue evidenciado por actos de maltrato en agravio de gatos y perros.
El sujeto compartía fotografías y videos en las que se aprecia a sus perros de raza Pitbull, despedazando felinos, en otros el sujeto presumía cómo ponía "a secar" a sus canes pendiendo de un tendedero sujetados con pinzas para ropa de las orejas.
Los hechos ocasionaron un fenómeno viral que derivó en la petición formal de sanción para el presunto agresor de animales, mediante la recaudación de firmas http://www.change.org/es-LA/peticiones/captura-y-castigo-de-juan-castillo-perez-por-maltrato-animal
La petición dirigida al gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas, exige la captura y castigo de Juan Castillo Pérez por maltrato animal y hasta el momento acumula al momento 20 mil firmas.
El propio gobernador poblano informó en su cuenta de Twitter que instruyó la investigación a cargo del ayuntamiento texmeluquense.
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