(Pero les digo, Bachoco es sólo una pobre víctima de la gripe aviar. Nooo.... para nada fue una movida mal intencionada. Es más, qué mala onda que los acusen de monopolio después de superar tan difícil crisis.)
MÉXICO, D.F. (apro).- Las empresas comercializadoras de pollo
Industrias Bachoco y Pollo Industrializado de México, así como tres personas
físicas más fueron multadas por la Comisión Federal de Competencia (CFC) con
tres millones 155 mil 725.81 pesos por la comisión de prácticas monopólicas
absolutas en Chetumal, Quintana Roo.
Los
mayoristas de pollo procesado acordaban los precios de venta que cada uno de
ellos impondría a los comercios detallistas en asambleas de una sociedad de
producción rural llamada Comercializadora Oxtankah.
Por esta
razón la CFC impuso multas por un total de tres millones 155 mil 725.81 pesos,
divididas de la siguiente manera: a Jorge Ismael Romero Sierra con 94 mil
457.80 pesos, a Leonel Próspero Pantoja González con 65 mil 604 pesos, a
Gerardo Antonio España Solis con 48 mil 923.70 pesos.
A
Industrias Bachoco, con un millón 447 mil 992 pesos y a José Gamaliel Perera
Franco gerente de la empresa con 38 mil 894.49 pesos.
La multa
para Pollo Industrializado de México, fue de un millón 447 mil 992 pesos y para
su gerente Erick Manuel Cuevas Herrera 11 mil 861.82 pesos.
Bachoco
y Pollos Industrializados se repartían los comercios detallistas y monitoreaban
el cumplimiento de sus acuerdos. Los representantes de ambas empresas asistían
a las reuniones de Oxtankah y recomendaban el precio de venta que se debía
cobrar por lo que manipularon el precio de los productos al consumidor final.
El Pleno
de la Comisión Federal de Competencia (CFC) resolvió que estas conductas
corresponden a prácticas monopólicas absolutas estipuladas en el artículo 9,
fracciones I y III de la Ley Federal de Competencia Económica sobre contratos,
convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre
sí con el objeto de fijar, elevar, concertar y manipular los precios y asignar
o imponer segmentos del mercado mediante clientes determinados.
Los
sancionados cuentan con 30 días hábiles para interponer un recurso de
reconsideración ante la CFC.
Fuente: Proceso
http://www.proceso.com.mx/?p=324989&utm_source=twitterfeed&utm_medium=twitter&utm_campaign=Feed%3A+proceso+%28Proceso%29
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